Homologar título de Odontología en España
¿Obtuviste tu título de Odontología en otro país y necesitas reconocerlo para ejercer como dentista en España?
En Homologar Mi Título revisamos tu formación universitaria, la duración de la carrera, la carga académica y las prácticas clínicas realizadas con pacientes. También comprobamos la documentación antes de apostillarla o traducirla, preparamos la solicitud y controlamos las comunicaciones posteriores del expediente.
✓ Revisión del título y de la universidad que lo expidió.
✓ Análisis de los años de estudio, créditos y horas presenciales.
✓ Comprobación de la formación clínica odontológica.
✓ Revisión de las prácticas realizadas directamente con pacientes.
✓ Preparación y presentación electrónica de la solicitud.
✓ Seguimiento personalizado y atención por WhatsApp.
REVISAR MI TÍTULO DE ODONTOLOGÍA
Comprueba inicialmente tu caso de Odontología
Este comprobador reúne los datos académicos más importantes de tu titulación y permite detectar si existe algún punto que convenga estudiar antes de iniciar la homologación. Al terminar se genera un mensaje de WhatsApp con la información principal de tu caso, evitando que tengas que volver a explicar dónde estudiaste, qué duración tuvo la carrera o qué formación clínica puedes acreditar.
¿Tu título de Odontología puede iniciar la homologación?
Responde estas preguntas y envíanos por WhatsApp los datos principales para revisar inicialmente tu formación y la documentación disponible.
Los umbrales utilizados en el comprobador corresponden a los criterios de evaluación de Dentista publicados por ANECA en abril de 2026: una duración mínima de cinco años, al menos 300 ECTS o 3.480 horas presenciales y un mínimo de 540 horas de formación clínica. El resultado del formulario es únicamente orientativo porque la valoración también comprende contenidos, competencias y documentación.
¿Qué significa homologar un título extranjero de Odontología?
Dentista es una profesión regulada en España. Para ejercer con una titulación obtenida en otro país no basta con demostrar que se han realizado estudios universitarios: debe obtenerse el reconocimiento administrativo que corresponda.
La homologación reconoce oficialmente el título extranjero respecto del título universitario español que habilita para ejercer la profesión de Dentista. Cuando la resolución es favorable, produce en España los mismos efectos del título español al que se homologa, sin perjuicio de otros requisitos necesarios para comenzar a trabajar.
No debe confundirse con otros procedimientos:
- La homologación permite acceder a una profesión regulada.
- La equivalencia reconoce un nivel académico, pero no concede por sí sola los efectos profesionales reservados a Dentista.
- La convalidación reconoce estudios o asignaturas para continuar una carrera en una universidad española.
Importante: si el objetivo es ejercer como odontólogo o dentista, debe comprobarse que se solicita una homologación profesional y no una equivalencia meramente académica.
¿Quién puede solicitar la homologación de Odontología?
Puede solicitarla quien haya terminado un título oficial de educación superior obtenido dentro de un sistema educativo extranjero.
Antes de presentar conviene comprobar:
✓ Que los estudios están completamente finalizados.
✓ Que el título tiene validez oficial en su país.
✓ Que la universidad o institución está reconocida.
✓ Que la titulación pertenece al nivel universitario correspondiente.
✓ Que el expediente permite conocer materias, duración y carga académica.
✓ Que la formación clínica puede acreditarse documentalmente.
✓ Que se cumplen los requisitos exigidos en origen para ejercer como dentista.
La certificación académica debe mostrar la duración oficial del plan, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una. La Administración puede solicitar aclaraciones, originales o documentación adicional durante la tramitación.
Cuando la carrera no está terminada, no puede homologarse el título completo. En ese supuesto puede estudiarse una convalidación parcial ante una universidad española para continuar los estudios.
El nombre del título no determina por sí solo el resultado
La denominación cambia según el país. El diploma puede indicar Odontólogo, Cirujano Dentista, Doctor en Odontología, Médico Cirujano Dentista, Licenciado en Odontología o una expresión diferente. Lo decisivo no es únicamente el nombre, sino el nivel académico, la duración, los contenidos, las prácticas clínicas y los efectos profesionales.
Título universitario que habilita para ejercer
Es la titulación que puede conducir a la homologación como Dentista cuando tiene carácter oficial, pertenece al nivel universitario adecuado y permite ejercer esa profesión en el país de origen.
Un título denominado Doctor en Odontología
En determinados sistemas educativos, la palabra “Doctor” forma parte de la denominación del primer título profesional de Odontología y no significa necesariamente que se haya obtenido un doctorado académico equivalente al nivel español de Doctor.
Higienista, protésico o técnico dental
Los estudios de Higiene Bucodental, Prótesis Dental, asistencia odontológica o formación técnica pertenecen a niveles y profesiones diferentes, por lo que no se convierten en un Grado universitario de Odontología por estar relacionados con la salud bucodental.
Consejo: antes de iniciar la solicitud conviene identificar cómo está clasificado oficialmente el título en su sistema educativo y qué actividades profesionales permite ejercer.
¿Corresponde homologación o reconocimiento profesional europeo?
Algunas cualificaciones obtenidas en la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza pueden quedar sujetas al régimen europeo de reconocimiento de cualificaciones profesionales en lugar del procedimiento general de homologación.
Para identificar la vía correcta deben revisarse conjuntamente:
- La nacionalidad de la persona solicitante.
- El país que expidió la cualificación.
- La denominación oficial del título.
- La fecha en la que se cursaron los estudios.
- La autoridad que certifica la formación.
- Los posibles derechos adquiridos.
El Real Decreto 889/2022 excluye de su procedimiento general los casos que deben tramitarse mediante el régimen europeo de reconocimiento profesional.
Consejo: no pagues la tasa ni apostilles documentos hasta confirmar si tu caso debe seguir la vía de homologación o el reconocimiento profesional europeo.
¿Por qué aparecen 3.480 horas y 5.000 horas?
Las dos cifras pertenecen a contextos jurídicos diferentes y no deben aplicarse indistintamente. Antes de comparar las horas debe identificarse el procedimiento aplicable y el sistema académico con el que fueron calculadas.
Homologación general de un título extranjero
Los criterios de ANECA para Dentista contemplan al menos 300 créditos ECTS o 3.480 horas presenciales cuando el título no está organizado en ECTS, además de una duración mínima de cinco años y 540 horas de formación clínica.
Reconocimiento profesional dentro del régimen europeo
La normativa europea incorporada al ordenamiento español establece para la formación básica de odontólogo al menos cinco años y 5.000 horas de formación teórica y práctica a tiempo completo.
Requisitos para homologar Odontología en España
La evaluación específica de Dentista analiza la duración, la carga académica, los contenidos, las competencias y la formación clínica.
Los principales criterios actualmente publicados son:
- Un mínimo de cinco años de estudios.
- Al menos 300 créditos ECTS o 3.480 horas presenciales.
- Un mínimo de 540 horas de formación clínica.
- Práctica clínica integrada y supervisada.
- Formación suficiente en las áreas fundamentales de la Odontología.
- Correspondencia con las competencias exigidas para ejercer como dentista.
ANECA actualizó en abril de 2026 la resolución específica utilizada para evaluar los títulos extranjeros de Dentista.
| Criterio | Qué se revisa | Cómo suele acreditarse |
|---|---|---|
| Oficialidad | Validez oficial del título y reconocimiento de la universidad. | Diploma, certificación de expedición y documentos oficiales. |
| Duración | Al menos cinco años de estudios universitarios. | Certificación académica y plan de estudios. |
| Carga académica | 300 ECTS o, cuando corresponda, 3.480 horas presenciales. | Expediente y certificación oficial de créditos u horas. |
| Formación clínica | Al menos 540 horas, su contenido y la supervisión recibida. | Certificados de clínica, rotatorio y prácticas odontológicas. |
| Pacientes | Práctica clínica integrada y directa con pacientes. | Certificación de centros, áreas, periodos, horas y tutorización. |
| Competencias | Prevención, diagnóstico, planificación y tratamiento odontológico. | Asignaturas, programas académicos y prácticas clínicas. |
| Habilitación | Efectos profesionales del título en el país de expedición. | Certificación educativa, sanitaria o profesional competente. |
Cumplir aparentemente los años y las horas mínimas no garantiza por sí solo una resolución favorable. También deben poder identificarse los contenidos cursados, las competencias adquiridas y la naturaleza real de la formación clínica.
¿Qué materias y competencias se analizan?
El Grado español que habilita para ejercer como Dentista tiene 300 ECTS y debe garantizar una formación biomédica, odontológica, médico-quirúrgica y clínica suficiente. No es imprescindible que las asignaturas extranjeras tengan exactamente los mismos nombres que en España. Lo importante es que su contenido y carga académica puedan identificarse y compararse.
Ciencias biomédicas básicas
Se estudia la formación en anatomía, histología, fisiología, embriología, genética, bioquímica, biología celular, microbiología, inmunología y funcionamiento del aparato estomatognático.
Introducción a la Odontología
Pueden analizarse materiales e instrumental, radiología, farmacología, control de infecciones, salud pública, prevención, ética, legislación, metodología científica y comunicación profesional.
Patología médico-quirúrgica
La formación debe permitir comprender las enfermedades generales con repercusión bucal, la medicación, las situaciones de riesgo y la atención de pacientes médicamente comprometidos.
Patología y terapéutica odontológica
Se revisan áreas como Odontología conservadora, Endodoncia, Periodoncia, Prótesis, Cirugía Bucal, Medicina Oral, Odontopediatría, Ortodoncia, Oclusión y atención de urgencias.
Prácticas tuteladas e integración clínica
La formación debe integrar conocimientos, habilidades, razonamiento clínico, seguridad del paciente, comunicación asistencial y capacidad para diagnosticar y planificar tratamientos.
La formación clínica es uno de los puntos decisivos
No basta con que el expediente contenga una asignatura llamada “Clínica”, “Prácticas”, “Internado” o “Rotatorio”.
La documentación debería permitir conocer:
- El número total de horas clínicas.
- Los periodos en los que se realizaron.
- Las clínicas universitarias o centros asistenciales.
- Las áreas odontológicas recorridas.
- La actividad desarrollada con pacientes.
- El nivel de supervisión académica.
- La forma de evaluación.
- La integración de las prácticas en el título oficial.
Los criterios de ANECA exigen al menos 540 horas clínicas y valoran una práctica integrada y supervisada que permita acreditar las competencias propias de Dentista.
Prácticas con pacientes y simulación
El laboratorio preclínico, los fantomas, la simulación y la observación tienen valor formativo, pero no demuestran por sí solos que el estudiante haya atendido a pacientes de forma directa, integrada y supervisada.
Horas clínicas y número de procedimientos
Un listado de extracciones, obturaciones, endodoncias o tratamientos puede aportar información útil, pero no sustituye el certificado oficial de horas; lo más sólido es acreditar conjuntamente la duración y la actividad realizada.
Importante: si el certificado agrupa laboratorio, simulación y atención clínica en una única cifra, conviene solicitar a la universidad un desglose antes de presentar.
¿Qué ocurre si el certificado no indica las horas clínicas?
Es una incidencia frecuente. Algunos expedientes muestran asignaturas y calificaciones, pero no separan la teoría, el laboratorio, la simulación y la práctica con pacientes.
Certificado de carga académica
Debe relacionar las asignaturas con sus créditos u horas y explicar el sistema utilizado por la universidad cuando no se empleen créditos ECTS.
Certificado específico de formación clínica
Conviene que identifique centros, áreas odontológicas, fechas, horas, actividad con pacientes, supervisión y evaluación académica.
Plan de estudios oficial
Permite reconstruir la estructura de la carrera y debe corresponder a la versión que estuvo vigente durante los años realmente cursados.
Programas o sílabos
Sirven para aclarar asignaturas con nombres genéricos y demostrar contenidos que no pueden deducirse del expediente académico.
Consejo: no traduzcas todos los programas desde el principio. Primero debe identificarse qué información falta y qué materias necesitan una explicación adicional.
Documentación para homologar un título de Odontología
El expediente debe acreditar la identidad de la persona solicitante, la oficialidad de la titulación, la formación académica y sus efectos profesionales.
Documentación personal
Documento de identidad y nacionalidad, datos de contacto y acreditación de la representación cuando la solicitud sea presentada mediante una gestoría.
Documentación académica
Título universitario o certificación de su expedición, certificado académico, duración del plan, asignaturas, calificaciones, horas o créditos y, cuando sean necesarios, plan de estudios y programas.
Formación clínica
Certificados de prácticas odontológicas, horas clínicas, distribución por áreas, centros, periodos, actividad con pacientes, supervisión y evaluación.
Efectos profesionales y requisitos formales
Certificación de que el título permite ejercer, licencia o matrícula cuando proceda, apostilla o legalización, traducción oficial, tasa, competencia lingüística y representación.
El título y la certificación académica forman parte de la documentación obligatoria. Esta última debe reflejar la duración oficial del plan, las asignaturas y la carga horaria correspondiente.
El título debe permitir ejercer como dentista en el país de origen
La Administración puede exigir que se acredite que la titulación permite ejercer la misma profesión en el sistema donde fue expedida.
En algunos países el diploma universitario produce directamente esos efectos. En otros puede existir además:
- Una licencia profesional.
- Una inscripción o matrícula sanitaria.
- Un examen nacional.
- Un internado obligatorio.
- Un servicio social.
- Una certificación de otra autoridad.
Cuando el título no lo aclara, puede resultar necesario solicitar un documento específico a la autoridad educativa, sanitaria o profesional competente. El Real Decreto 889/2022 exige acreditar los requisitos adicionales que el país de origen establezca para ejercer la profesión.
Consejo: una certificación apostillada puede seguir siendo insuficiente si fue expedida por un organismo que no tiene competencia para acreditar la habilitación profesional.
Qué revisar antes de apostillar o traducir
La apostilla acredita la autenticidad formal del documento, pero no añade la información que falta.
Antes de generar ese gasto conviene comprobar:
✓ Que el nombre coincide con el documento de identidad.
✓ Que la denominación del título aparece completa.
✓ Que el plan cursado está correctamente identificado.
✓ Que figuran los años, créditos u horas.
✓ Que la formación clínica está separada de la teoría.
✓ Que se acredita la actividad con pacientes.
✓ Que aparecen todas las páginas, firmas, sellos y anexos.
✓ Que la persona firmante puede certificar esos datos.
Cuando falten horas, prácticas o información esencial, suele ser más eficiente solicitar primero una versión ampliada y apostillar después el documento definitivo.
Apostilla, legalización y traducción oficial
Los documentos académicos extranjeros deben permitir comprobar su autenticidad.
Dependiendo del país puede corresponder:
- Apostilla del Convenio de La Haya.
- Legalización por vía diplomática.
- Exención derivada de la normativa europea.
- Otro mecanismo admitido por convenio.
El título y la certificación académica deben legalizarse o apostillarse cuando proceda. Esta exigencia general no se aplica a los documentos expedidos por autoridades de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Cuando no estén redactados en castellano, deben acompañarse de traducción oficial.
El orden más seguro suele ser:
- Revisar el contenido.
- Solicitar correcciones o ampliaciones.
- Apostillar o legalizar.
- Realizar la traducción oficial.
- Digitalizar todas las páginas.
Importante: la traducción debe incluir sellos, apostillas, reversos y anotaciones que formen parte del documento.
Competencia lingüística para homologar Odontología
La normativa exige acreditar el nivel de español necesario para ejercer la profesión regulada cuando corresponda.
Entre los documentos admitidos se encuentran:
- Diploma DELE B2 o superior.
- Certificado B2 o superior de una Escuela Oficial de Idiomas.
- Antiguo Certificado de Aptitud en español para extranjeros.
- Certificado de que al menos el 75 % de la titulación se cursó en español.
- Certificación de que la formación previa de acceso a la universidad se realizó en español.
No se exige aportar estos documentos a las personas solicitantes que sean nacionales de Estados cuya lengua oficial sea el español.
Por tanto, una persona nacional de Colombia, Venezuela, Perú, Argentina, Ecuador, México u otro Estado cuya lengua oficial sea el español no necesita presentar un DELE B2 únicamente por solicitar esta homologación.
¿Cuánto cuesta homologar Odontología en España?
La solicitud está sujeta al pago de una tasa administrativa.
La cuantía oficial publicada actualmente para la homologación y la declaración de equivalencia de títulos universitarios extranjeros es de 166,50 euros. Debe comprobarse nuevamente justo antes de presentar, ya que puede ser actualizada.
También pueden existir gastos por:
- Certificados académicos.
- Certificaciones clínicas.
- Apostillas o legalizaciones.
- Traducciones oficiales.
- Programas de asignaturas.
- Comisiones bancarias.
- Gestión profesional.
Los honorarios de la gestoría son independientes de la tasa administrativa y se comunican antes de contratar el servicio.
QUIERO REVISAR MI DOCUMENTACIÓN
Cómo gestionamos la homologación de Odontología
1. Identificamos el procedimiento correcto
Comprobamos el país, la nacionalidad, el nivel del título y sus efectos para distinguir entre homologación, reconocimiento profesional europeo, equivalencia o convalidación.
2. Analizamos la formación
Revisamos los años de estudio, créditos, horas presenciales, materias, prácticas clínicas y actividad desarrollada con pacientes.
3. Detectamos documentos insuficientes
Te indicamos qué certificados conviene solicitar a la universidad antes de pagar apostillas o traducciones.
4. Preparamos el expediente
Ordenamos los documentos, revisamos la tasa y comprobamos las formalidades y la representación.
5. Presentamos electrónicamente
Formalizamos la solicitud mediante la sede habilitada, ya que el procedimiento y sus comunicaciones deben tramitarse por medios electrónicos.
6. Controlamos la tramitación
Realizamos seguimiento del expediente y ayudamos a preparar subsanaciones, alegaciones u otras actuaciones posteriores cuando sean necesarias.
Una preparación profesional reduce errores y retrasos evitables, aunque la decisión final corresponde exclusivamente a la Administración.
QUIERO PREPARAR MI HOMOLOGACIÓN
Posibles resultados del expediente
Homologación favorable
Reconoce el título extranjero respecto del título universitario español que permite ejercer la profesión de Dentista y da lugar a la correspondiente credencial electrónica.
Homologación condicionada
La Administración considera posible el reconocimiento, pero exige superar determinados requisitos formativos antes de expedir la credencial favorable.
Resolución desfavorable
Puede producirse cuando la duración, los contenidos, las competencias, la formación clínica o los efectos del título no permiten establecer una correspondencia suficiente.
Desistimiento
Puede declararse cuando no se atiende una solicitud de subsanación dentro del plazo concedido.
La normativa contempla la concesión, la denegación y la concesión condicionada a requisitos formativos complementarios.
Homologación condicionada y requisitos complementarios
No todas las personas que solicitan la homologación de Odontología tienen que realizar un examen.
Cuando se detectan carencias concretas, la resolución puede exigir:
- Un periodo de prácticas académicas.
- Una prueba de aptitud.
- Determinados cursos universitarios.
- Un proyecto o trabajo académico.
- Una combinación de varias medidas.
Los requisitos deben realizarse en una o varias universidades españolas que tengan implantado y vigente el título de Odontología. El plazo general para superarlos es de cuatro años desde la notificación de la resolución condicionada.
Importante: cada universidad publica sus propias condiciones, plazos y plazas. Antes de matricularse debe revisarse qué carencias aparecen exactamente en la resolución administrativa.
¿Cuánto tarda la homologación de Odontología?
La normativa establece un plazo máximo de seis meses para dictar y notificar la resolución, contado desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico.
Ese plazo puede verse afectado cuando:
- Se requiere una subsanación.
- Deben aportarse documentos adicionales.
- Se comprueba la autenticidad de los certificados.
- Se solicitan evaluaciones o informes.
- Se tramitan alegaciones.
Si transcurren seis meses sin resolución notificada, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo a efectos jurídicos. Esto no significa necesariamente que el expediente haya dejado de tramitarse, por lo que conviene comprobar su estado antes de tomar una decisión.
La duración efectiva depende del expediente y no puede garantizarse una fecha concreta.
Errores frecuentes al homologar Odontología
Presentar únicamente el diploma
El título no demuestra por sí solo las asignaturas, la carga académica ni la formación clínica desarrollada.
Confundir créditos nacionales con ECTS
Un crédito utilizado en otro país puede representar una dedicación distinta, por lo que debe explicarse el sistema académico y acompañarse de horas cuando sea posible.
Sumar todas las prácticas como horas clínicas
Laboratorio, simulación, observación y atención directa a pacientes no son necesariamente actividades equivalentes.
Aportar un certificado clínico genérico
Una constancia que únicamente indique “prácticas superadas” puede no permitir valorar la duración, las áreas clínicas, los pacientes o la supervisión.
Sustituir las prácticas por experiencia laboral
El trabajo profesional puede tenerse en cuenta dentro de determinados límites, pero no reemplaza automáticamente la formación clínica universitaria que no haya sido acreditada.
Apostillar antes de revisar
Puede ser necesario repetir la apostilla o traducción cuando después se descubre que faltan páginas, horas o información esencial.
Traducir todos los programas desde el principio
Los sílabos pueden ser útiles, pero traducir toda la carrera sin identificar previamente las materias problemáticas puede generar un gasto innecesario.
No controlar las notificaciones
El plazo ordinario para atender una subsanación es de diez días hábiles y, en situaciones excepcionales justificadas, puede solicitarse una ampliación de hasta 35 días hábiles.
¿Ya presentaste la homologación de Odontología?
También podemos revisar expedientes que ya se encuentran en tramitación.
Estudiamos tu situación cuando:
✓ Has recibido una subsanación.
✓ Te solicitan horas o créditos adicionales.
✓ No aceptan el certificado de prácticas.
✓ Te requieren programas académicos.
✓ Has recibido un trámite de audiencia.
✓ Tienes una homologación condicionada.
✓ Debes superar una prueba o formación.
✓ Has recibido una resolución desfavorable.
✓ Ha transcurrido el plazo legal sin resolución.
Para analizar el caso necesitamos la comunicación administrativa completa, la solicitud presentada y los documentos aportados inicialmente.
No debe responderse a un requerimiento basándose únicamente en el título de la notificación. La fundamentación, las carencias identificadas y el plazo concedido forman parte del análisis.
REVISAR MI EXPEDIENTE DE ODONTOLOGÍA
Casos que necesitan una revisión especial
Título pendiente de expedición
Debe comprobarse si existe una certificación oficial que acredite la expedición del título o la completa finalización de los estudios.
Estudios realizados en varias universidades
Hay que identificar qué materias se cursaron en cada institución, cuáles fueron reconocidas y qué universidad expidió finalmente la titulación.
Internado o servicio social posterior
Debe determinarse si formaba parte obligatoria del plan, si era necesario para expedir el título o si constituía un requisito profesional posterior.
Título académico y licencia profesional separados
Puede resultar necesario aportar tanto el diploma universitario como la matrícula, tarjeta o licencia expedida por otra autoridad.
Diferencias en nombres y apellidos
Cuando el pasaporte, el diploma y los certificados utilizan denominaciones diferentes, puede ser necesario acreditar el cambio, matrimonio, transliteración o identidad entre los nombres.
Planes de estudio antiguos
La duración y estructura de la carrera pueden haber cambiado, por lo que debe identificarse el plan y la normativa vigentes durante el periodo realmente cursado.
Título sin Trabajo de Fin de Grado
La ausencia de una asignatura con ese nombre no determina por sí sola el resultado; los criterios actuales de ANECA incluyen reglas específicas para valorar trabajos académicos o evidencias formativas equivalentes.
¿La experiencia profesional puede ayudar?
La experiencia como odontólogo puede tenerse en cuenta cuando esté relacionada con las competencias de Dentista.
Para que aporte valor debería acreditarse mediante documentos que permitan conocer:
- El empleador o la clínica.
- El puesto desempeñado.
- Las fechas de inicio y finalización.
- La jornada o dedicación.
- Las funciones realizadas.
- Los tratamientos y áreas clínicas.
- La autoridad que firma el certificado.
La normativa permite valorar la experiencia hasta un máximo del 15 % de los créditos del título español de referencia. En un Grado de Odontología de 300 ECTS, ese límite equivale a un máximo teórico de 45 ECTS, sin que exista un reconocimiento automático.
Existe otra regla diferente: quedan excluidos del procedimiento los títulos cuyo propio plan haya sido obtenido en más de un 15 % mediante reconocimiento de experiencia laboral o de estudios universitarios no oficiales.
Importante: no debe confundirse la experiencia profesional aportada después de titularse con los créditos que la universidad de origen ya reconoció por trabajo o formación no oficial.
¿Se homologan las especialidades odontológicas extranjeras?
La homologación como Dentista se refiere al título básico que permite ejercer la profesión regulada.
A fecha de revisión de esta página, España no dispone de especialidades odontológicas oficialmente reconocidas. Por ello, no existe un procedimiento para homologar como especialidad española un título extranjero de Ortodoncia, Endodoncia, Periodoncia, Implantología, Odontopediatría u otra rama odontológica.
Un máster o posgrado extranjero puede demostrar formación adicional, pero no se convierte automáticamente en una especialidad oficial española.
Qué ocurre después de obtener una resolución favorable
La homologación reconoce el título, pero no completa automáticamente todos los requisitos necesarios para comenzar a trabajar.
Después puede ser necesario comprobar:
- La colegiación en el Colegio Oficial correspondiente.
- La autorización de residencia y trabajo.
- La inexistencia de suspensión o inhabilitación.
- El seguro de responsabilidad profesional.
- Las autorizaciones del centro sanitario.
- Las condiciones exigidas por el empleador.
- Los requisitos de oposiciones o empleo público.
La colegiación debe formalizarse antes de ejercer en el colegio territorial correspondiente al lugar de actividad profesional.
La homologación no garantiza una contratación, una plaza pública ni el reconocimiento de una especialidad odontológica.
¿Por qué gestionar la homologación con nosotros?
Revisamos antes de generar gastos
Comprobamos los documentos antes de que pagues apostillas o traducciones que después deban repetirse.
Aplicamos criterios propios de Odontología
Analizamos la duración, la carga académica, las horas clínicas y las prácticas realizadas con pacientes.
Diferenciamos clínica, simulación y laboratorio
No tratamos todas las horas prácticas como si acreditaran la misma experiencia asistencial.
Detectamos certificados incompletos
Te indicamos qué información conviene solicitar a la universidad y qué documento puede demostrarla.
Ordenamos el expediente
Relacionamos cada archivo con la información que debe acreditar, evitando documentos duplicados o inconexos.
Gestionamos electrónicamente
La revisión, preparación y presentación pueden realizarse online, sin desplazamientos innecesarios.
Controlamos las comunicaciones
Realizamos seguimiento y te ayudamos a actuar ante requerimientos o trámites posteriores.
Atención personalizada por WhatsApp
Puedes enviar consultas y documentación durante la gestión sin volver a explicar todo el expediente en cada contacto.
Gestoría colegiada
La prestación efectiva del servicio de gestión administrativa corresponde a GA 1268 COGAS S.L.P., gestoría colegiada en España.
Preguntas frecuentes sobre la homologación de Odontología
¿Cuántos años debe durar la carrera de Odontología?
Los criterios actuales para Dentista contemplan un mínimo de cinco años de estudios, además de los requisitos de carga académica, formación clínica y competencias.
¿Necesito exactamente 300 créditos ECTS?
Cuando el título está organizado en ECTS, el criterio contempla al menos 300 créditos; cuando utiliza otro sistema, pueden acreditarse al menos 3.480 horas presenciales.
¿Necesito 3.480 o 5.000 horas?
Las 3.480 horas pertenecen a los criterios de homologación general de ANECA, mientras que las 5.000 horas corresponden al régimen europeo de reconocimiento profesional de odontólogo.
¿Cuántas horas clínicas debo acreditar?
Los criterios actualmente publicados establecen al menos 540 horas de formación clínica, cuya naturaleza, supervisión y relación con pacientes también deben poder comprobarse.
¿Las prácticas con fantomas cuentan como formación clínica?
Pueden formar parte de la formación preclínica, pero no demuestran por sí solas experiencia asistencial directa con pacientes.
¿Puedo homologar un título de Cirujano Dentista?
Sí puede estudiarse, porque la denominación no decide por sí sola el resultado; deben comprobarse su nivel, oficialidad, duración, contenidos, prácticas y efectos profesionales.
¿Un título de técnico dental puede homologarse como Odontología?
No por pertenecer al mismo sector, ya que Higiene Bucodental, Prótesis Dental y Odontología universitaria corresponden a formaciones y profesiones diferentes.
¿La experiencia laboral sustituye las prácticas clínicas?
No automáticamente; puede valorarse dentro del límite legal, pero no reemplaza por sí sola la formación clínica universitaria que no se haya acreditado.
¿Qué hago si mi certificado no indica las horas?
Puede ser necesario solicitar a la universidad un certificado de carga académica, el plan oficial cursado o una certificación específica de prácticas clínicas.
¿Debo presentar todos los programas de las asignaturas?
No siempre desde el inicio; primero debe revisarse qué información contiene el expediente y qué materias necesitan una explicación adicional.
¿Tengo que apostillar todos los documentos?
Depende del país y del documento; el título y el certificado académico deben apostillarse o legalizarse cuando corresponda, con la excepción general de documentos expedidos por autoridades de la UE, el EEE o Suiza.
¿Necesito traducción oficial?
Cuando la documentación no está redactada en castellano debe acompañarse de traducción oficial, salvo que exista una excepción aplicable.
¿Necesito DELE B2 si soy de un país hispanohablante?
No se exige esa acreditación a las personas nacionales de Estados cuya lengua oficial sea el español.
¿Puedo presentar la solicitud desde fuera de España?
Sí, porque el procedimiento es electrónico y puede tramitarse mediante los sistemas de identificación o representación admitidos.
¿Todas las homologaciones condicionadas requieren un examen?
No; la resolución puede exigir una prueba, prácticas, cursos, un trabajo académico o una combinación de varias medidas.
¿Dónde se superan los requisitos complementarios?
En universidades españolas que tengan implantado y vigente el título de Odontología, de acuerdo con las condiciones y plazas que publique cada institución.
¿Cuánto tarda el procedimiento?
El plazo máximo establecido es de seis meses, aunque puede verse afectado por subsanaciones, comprobaciones, informes o alegaciones.
¿La homologación reconoce mi posgrado de Ortodoncia o Endodoncia?
No como especialidad oficial española, porque actualmente no existen especialidades odontológicas oficialmente reconocidas en España.
¿Puedo empezar a trabajar inmediatamente después de homologar?
La homologación reconoce el título, pero todavía deben cumplirse la colegiación y los demás requisitos profesionales, laborales y migratorios aplicables.
Solicita la revisión de tu título de Odontología
Antes de presentar comprobaremos:
✓ La oficialidad del título y de la universidad.
✓ La finalización completa de los estudios.
✓ Los efectos profesionales en el país de origen.
✓ La duración de la carrera.
✓ Los créditos o las horas presenciales.
✓ Las materias y competencias cursadas.
✓ Las 540 horas de formación clínica.
✓ La actividad desarrollada con pacientes.
✓ Los créditos reconocidos por experiencia u otros estudios.
✓ La apostilla o legalización necesaria.
✓ La traducción oficial.
✓ La competencia lingüística aplicable.
✓ La tasa y la representación electrónica.
La revisión y gestión pueden realizarse online, con atención personalizada durante la preparación y el seguimiento del expediente.
QUIERO HOMOLOGAR MI TÍTULO DE ODONTOLOGÍA
Información revisada por una gestoría colegiada
Contenido revisado por el equipo profesional de GA 1268 COGAS S.L.P., gestoría colegiada y prestadora efectiva del servicio de gestión administrativa.
Homologar Mi Título es una marca y portal titularidad de MK MIX Marketing Digital S.L.
Última revisión administrativa: 26 de julio de 2026.
La información tiene carácter general. La viabilidad y el resultado de cada expediente dependen del título, el país, la universidad, el plan de estudios, la formación clínica y la documentación efectivamente acreditada.
Fuentes oficiales consultadas
Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, sobre homologación, equivalencia y convalidación de títulos universitarios extranjeros.
Orden CIN/2136/2008, de 3 de julio, relativa al título que habilita para ejercer la profesión de Dentista.
Resolución de ANECA sobre los criterios aplicables a Dentista, actualizada en abril de 2026.
Portal oficial de homologación de títulos extranjeros para la profesión de Dentista.
Real Decreto 581/2017 sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales dentro del régimen europeo.
Información oficial sobre la tasa administrativa de homologación.
Consejo General de Dentistas de España: ejercicio profesional y situación de las especialidades odontológicas.
