Homologación de títulos no universitarios extranjeros en España
¿Has terminado tus estudios fuera de España y necesitas obtener su reconocimiento oficial?
En Homologar Mi Título analizamos la formación realizada, el sistema educativo de origen y el título español que puede corresponderte. Revisamos la documentación, preparamos la solicitud y realizamos el seguimiento del expediente.
✓ Identificación del título o nivel español adecuado.
✓ Revisión de cursos, asignaturas y certificados académicos.
✓ Gestión online del procedimiento de homologación.
SOLICITAR REVISIÓN INICIAL
¿Qué es la homologación de un título no universitario?
La homologación permite reconocer unos estudios extranjeros como equivalentes a un título oficial español de educación no universitaria.
El procedimiento puede utilizarse para acreditar oficialmente en España una formación completa realizada en otro país. La Administración estudia el nivel alcanzado, la duración de los estudios y la trayectoria académica que condujo a la obtención del título.
La homologación produce efectos académicos respecto del título español reconocido. No debe confundirse con la convalidación, que se utiliza principalmente para reconocer estudios o cursos con la finalidad de continuar una formación en España.
¿Qué títulos no universitarios pueden homologarse?
La homologación puede solicitarse para distintos estudios oficiales realizados fuera de España. El título español de referencia dependerá del nivel alcanzado, la duración de la formación y los efectos académicos que tenga en el país de origen.
Bachillerato extranjero
Permite solicitar el reconocimiento de unos estudios completos de educación media respecto del título español de Bachiller. Consulta los requisitos de la homologación de Bachillerato extranjero en España.
Educación Secundaria Obligatoria
Puede corresponder cuando se necesita acreditar oficialmente en España un nivel extranjero completo equivalente al título de Graduado en ESO. Consulta cuándo procede la homologación del título de ESO extranjero.
Formación Profesional extranjera
Incluye estudios técnicos o profesionales que puedan compararse con un título español de Profesional Básico, Técnico o Técnico Superior. Revisa cómo funciona la homologación de Formación Profesional extranjera.
Enseñanzas artísticas extranjeras
Los estudios oficiales de Música, Danza, Artes Plásticas, Diseño y otras enseñanzas artísticas requieren identificar el nivel y el título español correspondiente. Consulta la homologación de enseñanzas artísticas extranjeras.
Enseñanzas deportivas extranjeras
Los títulos deportivos deben compararse con la enseñanza española equivalente, atendiendo a su nivel, duración y formación práctica. Consulta la homologación de enseñanzas deportivas extranjeras.
Si no sabes qué título español corresponde a tus estudios, revisamos el sistema educativo de origen antes de iniciar la solicitud.
Comprueba si tu caso puede corresponder a una homologación
Este comprobador ofrece una orientación inicial según el tipo de formación y el resultado que necesitas.
¿Puedes solicitar una homologación no universitaria?
Responde estas preguntas para obtener una primera orientación sobre tu expediente.
Requisitos para homologar un título no universitario
La denominación del diploma extranjero no basta para determinar si puede homologarse. Es necesario analizar cómo encaja dentro del sistema educativo del país de origen y con qué título español puede compararse.
Los estudios deben ser oficiales
La formación debe pertenecer al sistema educativo oficial del país donde se cursó y haber sido impartida por un centro reconocido.
Un curso privado, un certificado de asistencia o una formación sin validez académica oficial no producen los mismos efectos que un título reglado.
La formación debe estar completa
La homologación se utiliza para reconocer títulos o niveles terminados. Deben haberse superado los cursos necesarios y cumplido los requisitos exigidos para obtener el diploma extranjero.
Si los estudios están incompletos y la finalidad es continuarlos en España, debe analizarse una convalidación de estudios extranjeros.
Debe existir suficiente correspondencia
La Administración compara el nivel académico, la duración, los cursos realizados y la trayectoria educativa.
Que dos titulaciones tengan nombres similares no significa que sean automáticamente equivalentes.
Documentación necesaria para solicitar la homologación
El expediente debe acreditar tanto la identidad del solicitante como la formación que realmente ha superado.
Con carácter general, revisamos seis grupos documentales:
- Identidad: pasaporte, NIE u otro documento admitido.
- Titulación: diploma oficial o certificación de su expedición.
- Trayectoria académica: cursos, asignaturas, calificaciones y años académicos.
- Autenticidad: apostilla o legalización cuando resulte exigible.
- Idioma: traducción oficial al castellano.
- Tramitación: tasa y acreditación de la representación.
La documentación exacta depende del título español solicitado. Para ESO y Bachillerato, por ejemplo, se exige acreditar los cursos realizados, las materias, las calificaciones y los años académicos correspondientes.
¿Qué debe incluir el certificado académico?
El certificado académico es esencial porque permite interpretar los estudios extranjeros más allá del nombre del diploma.
Debe identificar claramente:
- El centro donde se cursaron los estudios.
- Los cursos completos superados.
- Las asignaturas estudiadas.
- Las calificaciones obtenidas.
- Los años académicos realizados.
- La fecha de finalización.
En determinadas enseñanzas pueden exigirse también la carga horaria, los programas, las prácticas o los requisitos de acceso.
Antes de apostillar o traducir, comprobamos que el certificado contiene la información necesaria para evitar solicitar después un documento nuevo.
Apostilla, legalización y traducción oficial
Los documentos extranjeros deben permitir verificar su autenticidad.
Dependiendo del país, puede corresponder:
- Apostilla de La Haya.
- Legalización por vía diplomática.
- Exención prevista en un convenio internacional.
- Otro sistema de autenticación admitido.
Si los documentos no están redactados en castellano, deben acompañarse de una traducción oficial aceptada por la Administración. La traducción debe abarcar también los sellos, apostillas y anotaciones relevantes.
No recomendamos traducir toda la documentación sin una revisión previa. Primero comprobamos qué documentos son necesarios y si su contenido académico es suficiente.
¿Cuánto cuesta la homologación?
Los procedimientos no universitarios pueden estar sujetos a la tasa 079, modelo 790.
La homologación al título español de Graduado en ESO está exenta de tasa. En el resto de casos debe comprobarse el concepto y el importe vigente antes de efectuar el pago.
Además de la tasa, el expediente puede generar otros gastos:
- Obtención de certificados oficiales.
- Apostillas o legalizaciones.
- Traducciones.
- Gastos bancarios.
- Honorarios profesionales.
El pago debe realizarse con los datos correctos de la persona solicitante y conservarse su justificante.
¿Cómo se presenta la solicitud?
El procedimiento se encuentra abierto permanentemente.
Antes de presentar el expediente debe determinarse:
- El título español que se solicita.
- El organismo competente para tramitarlo.
- El modelo de solicitud aplicable.
- La documentación necesaria.
- La tasa que corresponde.
- La forma de acreditar la representación.
La presentación no termina al registrar la solicitud. Después deben controlarse las comunicaciones y atender cualquier requerimiento dentro del plazo concedido.
Cómo gestionamos tu homologación no universitaria
Nuestro servicio se organiza en cinco fases sencillas.
1. Identificamos el título español
Comprobamos el nivel extranjero y el reconocimiento que necesitas obtener en España.
2. Revisamos tu trayectoria académica
Analizamos los cursos, las asignaturas, las calificaciones y la duración de los estudios.
3. Preparamos la documentación
Te indicamos qué certificados debes conseguir y qué documentos necesitan apostilla o traducción.
4. Presentamos el expediente
Cumplimentamos la solicitud, revisamos la tasa y formalizamos la presentación ante el órgano competente.
5. Controlamos la tramitación
Realizamos el seguimiento y te ayudamos a responder si la Administración solicita una subsanación.
SOLICITAR LA GESTIÓN DE MI HOMOLOGACIÓN
¿Cuánto tarda una homologación no universitaria?
El Real Decreto 104/1988 establece un plazo máximo de tres meses desde que el expediente se encuentra correctamente cumplimentado o desde que se reciben los informes necesarios para resolver.
Esto no significa necesariamente que todos los expedientes finalicen tres meses después de presentar la solicitud.
El tiempo puede verse afectado por:
- Documentación incompleta.
- Necesidad de subsanación.
- Informes sobre el sistema educativo extranjero.
- Competencia de otro organismo.
- Dudas sobre el nivel o la equivalencia.
Por eso es importante distinguir entre la fecha de presentación y el momento en que el expediente queda completo para su resolución.
¿Qué ocurre si falta documentación?
La Administración puede requerir al interesado para que complete o corrija el expediente.
Entre los requerimientos más habituales se encuentran:
- Aportar cursos académicos que faltan.
- Presentar un certificado oficial.
- Corregir una traducción incompleta.
- Acreditar la apostilla o legalización.
- Justificar correctamente la tasa.
- Identificar el título español solicitado.
La respuesta debe resolver exactamente lo indicado en el requerimiento y presentarse dentro del plazo concedido.
No atender una subsanación puede provocar que se tenga al interesado por desistido de su solicitud.
Errores frecuentes al solicitar la homologación
Elegir un nivel español incorrecto
El nombre del título extranjero no siempre refleja su nivel real dentro del sistema educativo de origen.
Presentar solamente el diploma
La Administración necesita conocer los cursos, las asignaturas y las calificaciones que condujeron al título.
Omitir cursos académicos anteriores
En determinados expedientes deben acreditarse también los cursos previos necesarios para completar la trayectoria educativa.
Apostillar un documento insuficiente
La apostilla autentica el documento, pero no corrige la falta de información académica.
Pagar una tasa que no corresponde
La homologación de ESO está exenta y los demás conceptos deben comprobarse antes del pago.
¿Ya has presentado la solicitud?
También revisamos expedientes de homologación no universitaria que ya están iniciados.
Podemos ayudarte cuando:
- Has recibido una subsanación.
- Te solicitan nuevos certificados.
- Falta acreditar algún curso.
- Existe un error en la tasa.
- No sabes qué organismo tramita el expediente.
- Has recibido una resolución desfavorable.
- Necesitas revisar un posible recurso.
REVISAR MI EXPEDIENTE
¿Por qué gestionar la homologación con nosotros?
Estudio previo del nivel educativo
No presentamos la solicitud hasta identificar el título español que puede corresponder.
Revisión completa de los cursos
Comprobamos que el certificado académico permita reconstruir toda la formación realizada.
Preparación de documentos extranjeros
Revisamos apostillas, legalizaciones y traducciones antes del registro.
Gestión online
Preparamos y seguimos el expediente sin desplazamientos innecesarios.
Gestoría colegiada
El servicio es prestado por GA 1268 COGAS SLP, gestoría colegiada en España.
Preguntas frecuentes sobre títulos no universitarios
¿Qué títulos extranjeros pueden homologarse?
Pueden estudiarse títulos oficiales de ESO, Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas artísticas, deportivas y otras enseñanzas no universitarias.
¿Puedo homologar estudios incompletos?
No como título completo. Cuando se quiere continuar la formación, puede corresponder una convalidación de cursos o módulos.
¿Necesito homologar para entrar en Primaria o ESO?
No se exige una convalidación previa para incorporarse a cursos de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
¿Puedo homologar asignaturas sueltas?
No. La normativa exige cursos completos y correlativos. En Formación Profesional puede estudiarse la convalidación de módulos en determinados supuestos.
¿Puedo homologar un título privado?
Los estudios deben tener validez oficial dentro del sistema educativo del país de origen.
¿El nombre del título debe coincidir con el español?
No necesariamente. Se analizan su nivel, duración, contenidos y efectos académicos.
¿Hace falta apostillar los documentos?
Depende del país y del convenio aplicable. En otros casos será necesaria la legalización correspondiente.
¿Necesito una traducción oficial?
Sí, cuando la documentación no esté redactada en castellano y no resulte aplicable una excepción.
¿La homologación de ESO paga tasa?
No. La solicitud de homologación al título de Graduado en ESO está exenta.
¿Cuánto tarda el procedimiento?
La norma establece un plazo máximo de tres meses desde que el expediente se encuentra correctamente completado o se reciben los informes necesarios.
¿Puedo presentar la solicitud desde fuera de España?
Puede presentarse a través de los canales y representaciones admitidos, dependiendo de la situación del solicitante.
¿Puede gestionarlo una gestoría?
Sí, siempre que la representación quede debidamente acreditada.
¿Quién presta el servicio?
El servicio es prestado por GA 1268 COGAS SLP, gestoría colegiada en España.
Solicita la revisión de tus estudios extranjeros
Antes de preparar la homologación comprobaremos:
✓ Qué título o nivel español puede corresponderte.
✓ Si los estudios están completamente superados.
✓ Si el certificado académico incluye todos los cursos necesarios.
✓ Si hacen falta documentos complementarios.
✓ Qué documentos requieren apostilla o traducción.
✓ Qué tasa y organismo resultan aplicables.
La revisión y la gestión pueden realizarse online para clientes de toda España.
SOLICITAR REVISIÓN INICIAL
Información revisada por una gestoría colegiada
Este contenido ha sido revisado por el equipo profesional de GA 1268 COGAS SLP, responsable del servicio Homologar Mi Título.
Última revisión administrativa: 20 de julio de 2026.
Normativa principal: Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.
Fuentes oficiales consultadas
Real Decreto 104/1988.
Procedimiento oficial de homologación y convalidación no universitaria.
Requisitos documentales del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Procedimiento específico de Formación Profesional.
Información oficial de la tasa 079.
