Homologación de Formación Profesional extranjera en España

¿Has obtenido un título técnico, tecnológico o profesional fuera de España y necesitas reconocerlo oficialmente?

En Homologar Mi Título analizamos el nivel de tu formación, los módulos cursados y las prácticas realizadas. Identificamos el título español de Formación Profesional que puede corresponderte y preparamos el expediente de homologación.

✓ Estudio del título extranjero y del ciclo español de referencia.
✓ Revisión de módulos, horas y formación práctica.
✓ Preparación, presentación y seguimiento de la solicitud.

SOLICITAR REVISIÓN INICIAL

¿Qué es la homologación de Formación Profesional extranjera?

La homologación permite reconocer un título extranjero de formación técnica o profesional como equivalente a un título español de Formación Profesional. Para concederla, la Administración debe comprobar que los estudios tienen validez oficial en el país de origen y que presentan suficiente correspondencia con la titulación española en nivel académico, duración y contenido. La resolución favorable declara la equivalencia plena con el título español reconocido. Actualmente, los estudios extranjeros pueden homologarse a los títulos españoles de Profesional Básico, Técnico o Técnico Superior.

¿Qué títulos extranjeros pueden homologarse como FP?

La denominación utilizada en el país de origen no tiene que coincidir literalmente con la española.

Pueden encontrarse títulos denominados:

  • Técnico.
  • Técnico profesional.
  • Tecnólogo.
  • Bachiller técnico.
  • Diploma vocacional.
  • Formación técnica media o superior.
  • Educación tecnológica o profesional.

El nombre no determina por sí solo el resultado. Hay que comprobar el nivel educativo, los requisitos de acceso, la duración total y la formación efectivamente cursada.

Homologación a Profesional Básico

Puede estudiarse cuando la formación extranjera presenta un nivel y una estructura comparables con un título español de Formación Profesional Básica.

Homologación a Técnico

Se refiere a la posible correspondencia con un ciclo formativo español de Grado Medio.

Homologación a Técnico Superior

Se analiza respecto de un ciclo formativo español de Grado Superior y exige identificar correctamente la familia profesional y el título concreto de referencia.

La Administración solo puede conceder una homologación cuando existe suficiente equivalencia con un título español vigente.

Comprueba si tu título técnico puede homologarse

Este comprobador ofrece una orientación inicial según la formación realizada y la documentación disponible.

¿Tu título extranjero puede homologarse como Formación Profesional?

Responde estas preguntas para obtener una primera orientación sobre tu expediente.

El primer paso es identificar el ciclo español equivalente

Uno de los errores más frecuentes consiste en elegir el título español únicamente porque su nombre se parece al extranjero.

Antes de iniciar la solicitud hay que comparar:

  1. El nivel educativo de acceso.
  2. La familia profesional.
  3. La duración total del programa.
  4. Los módulos o asignaturas superados.
  5. La formación práctica realizada.
  6. Las competencias profesionales adquiridas.

Dos títulos llamados “Técnico en Administración”, por ejemplo, pueden tener niveles y contenidos muy diferentes según el país.

Nuestro estudio inicial no se limita a traducir el nombre del diploma. Buscamos el ciclo formativo español que presenta la correspondencia académica más razonable.

¿Qué analiza la Administración?

La homologación se decide a partir del conjunto del expediente, no de un único documento.

Elementos que se comparan en una homologación de FP
Elemento Qué se comprueba Documento habitual
Nivel Posición de la titulación dentro del sistema educativo extranjero. Título y certificación de la autoridad educativa.
Duración Años académicos y número total de horas de formación. Certificado académico.
Contenidos Módulos, asignaturas y competencias profesionales. Plan de estudios y programas.
Prácticas Formación realizada en empresas, talleres o centros profesionales. Certificado de prácticas.

La normativa exige suficiente equivalencia con el título español tanto en nivel académico como en duración y contenido.

Requisitos para homologar un título extranjero de FP

La homologación completa exige que la formación cumpla varias condiciones.

Validez oficial en el país de origen

El título debe pertenecer al sistema educativo oficial del país que lo expide.
No es suficiente haber realizado un curso privado, una capacitación empresarial o una formación sin reconocimiento académico oficial.

Estudios completamente superados

La persona debe haber terminado el programa y cumplido todos los requisitos necesarios para obtener el título.
Cuando los estudios extranjeros no están totalmente superados, la vía prevista es la posible convalidación de módulos profesionales, no la homologación completa.

Correspondencia con un título español vigente

Debe existir un título español de Profesional Básico, Técnico o Técnico Superior con suficiente relación académica y profesional.

Formación efectivamente cursada

El título extranjero debe acreditar estudios realizados dentro del sistema educativo que lo expide.
No se admite que un título conseguido mediante el reconocimiento de otro título de un tercer país se utilice automáticamente para obtener una nueva homologación en España.

¿Qué ocurre si no terminaste la formación?

Si los estudios están incompletos, no puede solicitarse la homologación del título como si el programa estuviera totalmente superado.

Puede estudiarse la convalidación de determinados módulos profesionales para continuar un ciclo formativo en un centro español.

Esto requiere:

  1. Elegir el ciclo español de destino.
  2. Formalizar la matrícula cuando proceda.
  3. Identificar los módulos ya superados.
  4. Comparar contenidos y carga lectiva.
  5. Presentar la solicitud ante el órgano competente.

La homologación completa y la convalidación de módulos son procedimientos distintos. Esta landing está centrada en la primera.

Documentación necesaria para homologar una FP extranjera

El expediente debe permitir comprobar el carácter oficial del título y reconstruir toda la formación realizada.

Normalmente revisamos:

  1. Identidad: pasaporte, NIE u otro documento admitido.
  2. Representación: autorización y documentación del representante.
  3. Titulación: diploma oficial o certificado de expedición.
  4. Expediente académico: módulos, asignaturas, calificaciones y años.
  5. Carga formativa: duración total y horas de cada materia.
  6. Prácticas: certificado de la formación realizada en centros de trabajo.
  7. Autenticidad: apostilla o legalización.
  8. Idioma: traducción oficial al castellano.
  9. Pago: justificante de la tasa correspondiente.

Los documentos deben ser oficiales y, cuando proceda, estar legalizados y acompañados de traducción oficial.

El certificado académico no puede ser genérico

El diploma acredita que se obtuvo un título, pero no permite por sí solo comparar una formación técnica extranjera con un ciclo español.

El certificado debería indicar:

  • Denominación oficial del programa.
  • Fecha de inicio y finalización.
  • Módulos o asignaturas superados.
  • Calificaciones obtenidas.
  • Horas de cada materia.
  • Duración total de los estudios.
  • Formación práctica realizada.
  • Institución que impartió el programa.

Si falta la carga horaria o la información sobre prácticas, puede ser necesario pedir a la institución un certificado complementario.

Programas de las asignaturas

Aunque no siempre forman parte de la documentación mínima inicial, pueden resultar muy útiles cuando los nombres de los módulos no permiten conocer su contenido real.
Antes de solicitar programas extensos, revisamos cuáles pueden ser necesarios para justificar la correspondencia con el ciclo español.

La formación práctica puede ser determinante

La Formación Profesional española incluye una dimensión práctica que debe tenerse en cuenta al comparar el título extranjero.

Según el expediente, puede ser necesario acreditar:

  1. La empresa o institución donde se realizaron las prácticas.
  2. Las fechas de inicio y finalización.
  3. El número total de horas.
  4. Las funciones desarrolladas.
  5. La supervisión académica.
  6. La relación con el programa formativo.

Un certificado laboral no siempre equivale a un certificado académico de prácticas. Debe quedar claro que la formación práctica formaba parte del título cursado.

Apostilla, legalización y traducción

Los documentos extranjeros deben cumplir los requisitos de autenticidad aplicables al país de expedición.

Puede corresponder:

  • Apostilla de La Haya.
  • Legalización diplomática.
  • Exención prevista por convenio.
  • Otro sistema admitido oficialmente.

Cuando los documentos no estén redactados en castellano, deben acompañarse de traducción oficial.

Antes de traducir el expediente completo comprobamos que el diploma, el certificado y los documentos de prácticas contienen toda la información necesaria. Apostillar y traducir un certificado insuficiente no corrige sus carencias.

¿Cuánto cuesta homologar una Formación Profesional extranjera?

La iniciación del expediente está sujeta a la tasa 079, modelo 790.

El pago es necesario para tramitar la solicitud. Si no se acredita o el importe es insuficiente, la Administración puede requerir su subsanación.

La homologación al título de Profesional Básico puede disfrutar de la exención aplicable según el título español solicitado; antes de realizar el pago debe comprobarse el concepto exacto vigente.

Además de la tasa pueden existir otros costes:

  • Expedición de certificados.
  • Apostillas o legalizaciones.
  • Traducciones oficiales.
  • Programas académicos.
  • Gastos bancarios.
  • Honorarios profesionales.

No publicaría un importe cerrado en esta landing porque las cuantías pueden actualizarse.

¿Dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se encuentra abierta permanentemente y el procedimiento dispone de acceso a tramitación electrónica.

La competencia depende del lugar de residencia:

  1. El Ministerio tramita y resuelve con carácter general.
  2. Cataluña gestiona los expedientes de residentes en su territorio.
  3. Galicia gestiona los expedientes de residentes en su territorio.
  4. El País Vasco gestiona los expedientes de residentes en su territorio.

Esta distribución territorial está indicada expresamente para la homologación y convalidación de Formación Profesional extranjera.

Antes de registrar comprobamos el domicilio, el ciclo solicitado y la Administración competente.

Cómo gestionamos la homologación de tu título técnico

Nuestro servicio se organiza en cinco fases.

1. Identificamos el nivel extranjero

Comprobamos la posición de la titulación dentro del sistema educativo del país de origen.

2. Buscamos el ciclo español de referencia

Analizamos la familia profesional, el nivel y la posible correspondencia con un título vigente.

3. Revisamos el expediente académico

Comprobamos los módulos, las horas, las calificaciones y la formación práctica.

4. Preparamos y presentamos la solicitud

Organizamos la documentación, verificamos la tasa y formalizamos el expediente ante el órgano competente.

5. Realizamos el seguimiento

Controlamos las comunicaciones y preparamos la respuesta si se solicita una subsanación.

SOLICITAR LA GESTIÓN DE MI HOMOLOGACIÓN

¿Cuánto tarda una homologación de FP extranjera?

La normativa general de los estudios extranjeros no universitarios establece un plazo máximo de tres meses desde que el expediente se encuentra correctamente cumplimentado o desde que el órgano competente recibe los informes necesarios para resolver.

Esto no significa que el plazo comience siempre el mismo día en que se presenta la solicitud.

El tiempo puede alargarse cuando:

  1. Falta documentación académica.
  2. No aparece la carga horaria.
  3. Es necesario acreditar las prácticas.
  4. Debe corregirse una legalización o traducción.
  5. Existen dudas sobre el ciclo español de referencia.
  6. La Administración solicita información adicional.

Una preparación completa reduce los retrasos provocados por defectos previsibles, aunque no permite garantizar una fecha concreta de resolución.

¿Qué resultado puede tener el expediente?

Homologación favorable

El título extranjero queda reconocido como equivalente al título español de Formación Profesional indicado en la resolución.

Solicitud de documentación adicional

La Administración necesita nuevos certificados o información académica antes de decidir.

Resolución desfavorable

Puede producirse cuando no existe suficiente correspondencia en nivel, duración o contenido.

Desistimiento

El expediente puede finalizar si el interesado no atiende correctamente una subsanación dentro del plazo concedido.
La resolución favorable se formaliza mediante una credencial oficial.

Errores que pueden perjudicar la solicitud

Elegir el ciclo por el nombre

Una denominación parecida no demuestra que las titulaciones tengan el mismo nivel o contenido.

Presentar únicamente el diploma

Sin el expediente académico no pueden compararse módulos, horas ni calificaciones.

No acreditar las prácticas

En una titulación profesional, la formación práctica puede ser esencial para valorar la correspondencia.

Aportar un certificado sin horas

La duración de las materias ayuda a determinar si la formación extranjera alcanza una carga comparable.

Traducir antes de revisar

Puede invertirse dinero en documentos que después resulten incompletos o innecesarios.

¿Qué ocurre si recibes una subsanación?

Una subsanación indica que la solicitud está incompleta o que la Administración necesita aclaraciones.

Puede pedir:

  1. Un certificado con las horas de formación.
  2. Los programas de determinados módulos.
  3. La acreditación de prácticas.
  4. Una apostilla o legalización correcta.
  5. Una traducción completa.
  6. La justificación del pago.
  7. Una corrección del título español solicitado.

La respuesta debe resolver exactamente el defecto comunicado.

La normativa permite requerir al solicitante para completar los documentos preceptivos y contempla una ampliación cuando determinados documentos deben obtenerse en el extranjero.

Casos que necesitan una revisión especial

El título se denomina “Tecnólogo”

Hay que comprobar si su nivel corresponde realmente a una enseñanza no universitaria o si pertenece a la educación superior del país de origen.

La formación se realizó en varias instituciones

Debe identificarse qué centro expidió el título y cómo se integraron los estudios anteriores.

Parte de los módulos fueron reconocidos

La Administración puede necesitar saber qué materias se cursaron realmente y cuáles proceden de otra formación.

La institución cambió de nombre

Puede ser necesario aportar un certificado que relacione la antigua denominación con la actual.

El título extranjero se obtuvo mediante otra homologación

Un título expedido por un país a partir del reconocimiento de otro título de un tercer Estado puede no cumplir el requisito de formación efectivamente cursada.

¿Ya has presentado la homologación?

También revisamos expedientes de Formación Profesional que ya están iniciados.

Podemos ayudarte si:

  1. Has recibido una subsanación.
  2. Te solicitan programas académicos.
  3. No aparecen las horas en el certificado.
  4. Debes acreditar la formación práctica.
  5. Existe una incidencia con la tasa.
  6. Has recibido una resolución desfavorable.

REVISAR MI EXPEDIENTE

¿Por qué gestionar la homologación con nosotros?

No elegimos el título por intuición

Estudiamos el nivel, la familia profesional y el contenido antes de preparar la solicitud.

Revisamos la documentación antes de traducir

Comprobamos que los certificados sean suficientes antes de que asumas nuevos gastos.

Analizamos módulos y prácticas

No nos limitamos al diploma: revisamos la formación que existe detrás del título.

Gestionamos el expediente online

Preparamos, presentamos y seguimos la solicitud sin desplazamientos innecesarios.

Gestoría colegiada

El servicio es prestado por GA 1268 COGAS SLP, gestoría colegiada en España.

Preguntas frecuentes sobre homologación de Formación Profesional

¿Puede homologarse cualquier título técnico extranjero?

No. Debe ser oficial y existir suficiente correspondencia con un título español de Formación Profesional.

¿A qué títulos españoles puede homologarse?

A los títulos de Profesional Básico, Técnico o Técnico Superior, dependiendo del nivel y del contenido de la formación extranjera.

¿Un título de tecnólogo se considera siempre FP?

No. Su naturaleza depende del sistema educativo del país de origen y debe analizarse individualmente.

¿Puedo homologar una formación incompleta?

No como título completo. Cuando los estudios no están totalmente superados puede estudiarse la convalidación de módulos profesionales.

¿Es suficiente presentar el diploma?

No. Debe aportarse documentación académica que permita conocer las materias, calificaciones, duración y formación realizada.

¿Necesito presentar programas académicos?

Pueden solicitarse o resultar recomendables cuando el certificado no permite identificar suficientemente el contenido de los módulos.

¿Deben aparecer las horas de cada asignatura?

Es muy recomendable que el certificado permita acreditar la carga formativa. La duración forma parte de los criterios utilizados para comparar los estudios.

¿Tengo que acreditar las prácticas?

Sí cuando forman parte de la titulación y resultan necesarias para demostrar la formación profesional adquirida.

¿Necesito apostillar los documentos?

Dependerá del país de expedición y del régimen de legalización aplicable.

¿Hace falta traducción oficial?

Los documentos que no estén en castellano deben acompañarse de traducción oficial.

¿Dónde se tramita la solicitud?

Con carácter general ante el Ministerio, salvo las competencias territoriales de Cataluña, Galicia y País Vasco para residentes en esas comunidades.

¿Cuánto tarda el procedimiento?

La normativa establece tres meses desde que el expediente está correctamente cumplimentado o se reciben los informes necesarios.

¿Puede presentar la solicitud una gestoría?

Sí, siempre que la representación quede correctamente acreditada.

¿Quién presta el servicio?

El servicio es prestado por GA 1268 COGAS SLP, gestoría colegiada en España.

Solicita la revisión de tu título de Formación Profesional

Antes de presentar la homologación comprobaremos:

✓ Si la formación tiene validez oficial.
✓ Qué nivel ocupa en el sistema educativo de origen.
✓ Qué ciclo formativo español puede corresponderle.
✓ Si el expediente acredita módulos, horas y calificaciones.
✓ Si las prácticas están correctamente certificadas.
✓ Qué documentos necesitan apostilla o traducción.
✓ Qué tasa y organismo resultan aplicables.

La revisión, preparación y gestión pueden realizarse online para clientes de toda España.

SOLICITAR REVISIÓN INICIAL

Información revisada por una gestoría colegiada

Este contenido ha sido revisado por el equipo profesional de GA 1268 COGAS SLP, responsable del servicio Homologar Mi Título.
Última revisión administrativa: 21 de julio de 2026.
Normativa principal: Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, y normativa aplicable al procedimiento de homologación y convalidación de títulos extranjeros no universitarios de Formación Profesional.

Fuentes oficiales consultadas

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Procedimiento de homologación y convalidación de FP extranjera.
Real Decreto 104/1988.
Documentación oficial para títulos extranjeros no universitarios.
Información oficial sobre la tasa 079.

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