Equivalencia de título universitario extranjero en España

¿Has obtenido un título universitario fuera de España y necesitas acreditar oficialmente su nivel académico?

En Homologar Mi Título estudiamos tu titulación, la universidad de origen, la documentación académica y el uso que quieres darle en España. Comprobamos si puede solicitarse la equivalencia a nivel de Grado o Máster Universitario y gestionamos el expediente de forma online.

✓ Estudio previo de tu título universitario extranjero.
✓ Revisión del nivel académico de Grado o Máster.
✓ Preparación, presentación y seguimiento del expediente.

 

SOLICITAR REVISIÓN INICIAL

¿Qué es la equivalencia de un título universitario extranjero?

La declaración de equivalencia es el procedimiento que permite reconocer oficialmente que la formación superada para obtener un título universitario extranjero corresponde a un nivel académico español de Grado o Máster Universitario.

 

Una resolución favorable:

  1. Reconoce oficialmente un nivel académico universitario.
  2. Produce efectos académicos y administrativos en España.
  3. Da lugar a la expedición de un certificado electrónico.
  4. No convierte el título extranjero en una carrera española concreta.
  5. No habilita por sí sola para ejercer una profesión regulada.

El certificado de equivalencia se inscribe en una sección especial del Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales.

¿Para qué sirve la equivalencia universitaria?

La equivalencia sirve para acreditar oficialmente en España el nivel universitario alcanzado con una titulación extranjera. Su utilidad concreta dependerá de los requisitos establecidos por la empresa, universidad, convocatoria o Administración ante la que quieras presentarla.

 

Puede utilizarse para:

  1. Acreditar un nivel académico de Grado o Máster ante una empresa.
  2. Participar en determinados procesos selectivos de empleo público.
  3. Cumplir requisitos académicos o administrativos.
  4. Continuar estudios cuando una universidad exige previamente el reconocimiento.
  5. Incorporar oficialmente la titulación a un expediente profesional o académico.

 

El Ministerio contempla expresamente su uso para continuar estudios si una universidad lo requiere, participar en determinados procesos selectivos y acreditar ante un empleador el nivel de la titulación extranjera.

La equivalencia no garantiza automáticamente la admisión en una universidad, una oposición o un puesto de trabajo. Cada entidad puede establecer condiciones adicionales.

¿Qué no permite hacer la equivalencia?

La equivalencia acredita un nivel académico, pero no concede automáticamente todos los efectos profesionales o universitarios que pueden necesitarse en España.

No convierte el título en una carrera española

La resolución favorable:

  • No expide un nuevo título universitario español.
  • No declara que tu carrera sea idéntica a una titulación española concreta.
  • No reconoce automáticamente asignaturas o periodos de estudios.

No concede efectos profesionales automáticos

La equivalencia:

  • No habilita por sí sola para ejercer una profesión regulada.
  • No permite automáticamente la colegiación profesional.
  • No garantiza el acceso a una especialidad.
  • No asegura la admisión en un Máster o Doctorado.

No incluye otros reconocimientos académicos

La equivalencia del título no incorpora la conversión de la nota media ni sustituye a una convalidación de asignaturas.

Importante: cuando el objetivo es ejercer una profesión regulada, debe estudiarse el procedimiento de homologación o la vía de reconocimiento profesional que corresponda.

¿Cuándo puede corresponder la equivalencia de un título universitario?

La equivalencia puede ser adecuada cuando posees un título universitario oficial extranjero y necesitas acreditar su nivel académico en España, sin utilizar este procedimiento para ejercer una profesión regulada.

 

Suele solicitarse para:

  1. Acreditar un nivel académico de Grado o Máster.
  2. Presentar la titulación ante una empresa o Administración.
  3. Cumplir los requisitos de una convocatoria pública.
  4. Continuar estudios cuando una universidad exige el reconocimiento.
  5. Incorporar oficialmente la formación a un expediente académico o profesional.

También puede pedirse respecto de un título relacionado con una profesión regulada cuando únicamente se pretende acreditar su nivel académico y no ejercer esa profesión.

 

COMPROBAR SI MI TÍTULO PUEDE OBTENER EQUIVALENCIA

Comprobación orientativa de tu título universitario

Este comprobador permite realizar una primera valoración del posible encaje de tu titulación en el procedimiento de equivalencia. El resultado es orientativo y no sustituye al estudio del título, la documentación y el sistema universitario de origen.

¿Puede encajar tu título en una declaración de equivalencia?

Responde estas preguntas para obtener una orientación inicial. La conclusión definitiva requiere revisar el título, su carácter oficial y la documentación académica.

¿Qué títulos pueden obtener equivalencia a nivel de Grado?

Para solicitar la equivalencia a nivel académico de Grado, la titulación debe ser universitaria, oficial en el país de origen y reunir las condiciones mínimas de duración, nivel y acceso académico exigidas.

 

El título debe acreditar:

  • Un mínimo de tres años de estudios a tiempo completo.
  • Al menos 180 créditos ECTS o una carga equivalente.
  • La completa finalización del programa universitario.
  • El acceso a estudios de Máster o posgrado equivalente en el país de origen.

 

Estos requisitos mínimos no garantizan automáticamente una resolución favorable. La Administración también valora la oficialidad de la institución, el nivel de la titulación y sus efectos dentro del sistema educativo de origen.

Antes de presentar la solicitud revisamos la denominación exacta del título, la duración, la carga académica y los estudios posteriores a los que permite acceder.

¿Qué títulos pueden obtener equivalencia a nivel de Máster?

La equivalencia a nivel académico de Máster exige una titulación universitaria oficial que alcance ese nivel formativo y permita continuar estudios de Doctorado en el país de origen.

 

Como requisitos mínimos generales, debe acreditar:

  1. Al menos un año de estudios a tiempo completo.
  2. Un mínimo de 60 créditos ECTS o una carga equivalente.
  3. Requisitos de acceso propios de una formación de posgrado.
  4. Acceso posterior a estudios de Doctorado.

 

La palabra “Máster” incluida en el diploma no determina por sí sola el resultado. Deben comprobarse la oficialidad del programa, la formación exigida para acceder y los efectos académicos que produce.

Equivalencia a Grado o Máster: diferencias principales

La Administración puede declarar la equivalencia a nivel de Grado o de Máster Universitario. Elegir correctamente el nivel solicitado es una parte esencial de la preparación del expediente.

Equivalencia a Grado y equivalencia a Máster
Aspecto Equivalencia a Grado Equivalencia a Máster
Nivel reconocido Nivel académico equivalente a Grado Universitario. Nivel académico equivalente a Máster Universitario.
Duración mínima general Tres años a tiempo completo o 180 créditos ECTS o equivalentes. Un año a tiempo completo o 60 créditos ECTS o equivalentes.
Acceso posterior Debe permitir acceder a Máster o posgrado equivalente. Debe permitir acceder a Doctorado.
Valoración principal Oficialidad, duración, carga académica y acceso a estudios posteriores. Requisitos de acceso, nivel, duración, créditos y acceso a Doctorado.

La denominación del título no determina por sí sola el nivel que puede reconocerse. Debe analizarse el expediente completo.

Requisitos generales del título universitario extranjero

Para que pueda estudiarse la declaración de equivalencia, no basta con que el diploma haya sido emitido por una institución educativa. Debe acreditarse la oficialidad de la titulación, su nivel universitario y la completa superación del programa.

Oficialidad

El título debe tener validez oficial en el país de origen y haber sido expedido por una universidad, institución de educación superior o autoridad reconocida.

Nivel académico

La formación debe pertenecer a la educación superior universitaria y alcanzar el nivel de Grado o Máster solicitado.

Estudios completamente finalizados

La documentación debe acreditar la superación completa del programa, su duración, la carga académica y el acceso a estudios posteriores.

La normativa exige que el título extranjero tenga validez oficial en su país, acredite la superación completa de estudios superiores y haya sido expedido por una institución reconocida.

Casos que necesitan un estudio previo especial

Algunas titulaciones no pueden clasificarse correctamente atendiendo únicamente a su nombre. Antes de iniciar la solicitud debe analizarse cómo se integra el título en el sistema universitario de origen.

Licenciaturas extranjeras

La palabra “licenciatura” no representa siempre el mismo nivel. Según el país, la duración y sus efectos académicos, puede corresponder a Grado, presentar características próximas a Máster o no alcanzar los requisitos mínimos exigidos.

Títulos técnicos o de tecnólogo

Debe comprobarse si pertenecen realmente al sistema universitario, si tienen carácter oficial, cuánto dura la formación y a qué estudios posteriores permiten acceder.

Másteres propios o no oficiales

Que una formación haya sido impartida por una universidad no significa necesariamente que sea oficial. Los títulos propios o programas sin reconocimiento oficial pueden quedar fuera del procedimiento.

Títulos vinculados a profesiones reguladas

Puede solicitarse equivalencia cuando únicamente se busca acreditar el nivel académico. Si el objetivo es ejercer la profesión, debe estudiarse la homologación u otra vía profesional.

Doctorados extranjeros

La equivalencia al nivel académico de Doctor corresponde a las universidades españolas y no se tramita mediante el procedimiento estatal de equivalencia a Grado o Máster.

Créditos reconocidos durante los estudios

Cuando parte del programa fue convalidada o reconocida, debe analizarse el origen y porcentaje de esos créditos. Determinados reconocimientos derivados de experiencia profesional o formación no oficial pueden afectar a la admisibilidad del expediente.

Títulos y situaciones que pueden quedar fuera del procedimiento

Existen circunstancias que pueden provocar la inadmisión de la solicitud antes de que se valore académicamente el fondo del expediente.

 

Entre ellas se encuentran:

  1. Títulos propios o programas universitarios no oficiales.
  2. Certificados que no acreditan la obtención completa de una titulación.
  3. Títulos expedidos por instituciones no reconocidas.
  4. Estudios que no corresponden a nivel universitario de Grado o Máster.
  5. Solicitudes idénticas que ya han sido resueltas.
  6. Títulos cuyos estudios están siendo objeto de convalidación en una universidad española.
  7. Determinados estudios realizados en España en centros extranjeros no autorizados.

También debe revisarse si una parte relevante de los créditos fue reconocida por experiencia profesional, laboral o estudios no oficiales.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la equivalencia?

La documentación debe acreditar quién presenta la solicitud, qué título ha obtenido y cuál fue la formación universitaria superada.

 

Con carácter general, revisamos:

  • Identidad: documento de identidad, pasaporte o documento equivalente.
  • Titulación: diploma universitario o certificación acreditativa de su expedición.
  • Formación académica: certificado con asignaturas, calificaciones, créditos y duración.
  • Autenticidad: apostilla o legalización, cuando resulte necesaria.
  • Idioma: traducción oficial al castellano, si procede.
  • Pago: justificante de la tasa administrativa.
  • Representación: autorización o apoderamiento, cuando actúe una gestoría.

La Administración puede solicitar originales, aclaraciones o documentos adicionales durante la tramitación.

¿Qué debe contener el certificado académico?

El certificado académico permite valorar la duración, el contenido y la carga real de la titulación. Un diploma, por sí solo, normalmente no aporta toda la información necesaria.

 

Debe identificar:

  1. La persona titulada y la denominación de la carrera.
  2. La universidad o institución expedidora.
  3. La duración oficial del programa.
  4. Las asignaturas cursadas y superadas.
  5. Las calificaciones obtenidas.
  6. Los créditos o la carga horaria de cada asignatura.
  7. La firma y el sello de la autoridad académica.

Si el certificado no contiene la duración, los créditos o la carga horaria, puede ser necesario solicitar un documento complementario a la universidad.

¿Qué ocurre si se reconocieron asignaturas durante la carrera?

Cuando una parte de los estudios fue transferida, convalidada o reconocida, debe identificarse el origen de esos créditos y el porcentaje que representan sobre la titulación completa.

 

Puede ser necesario acreditar:

  • Qué asignaturas fueron reconocidas.
  • Cuántos créditos representan.
  • En qué institución se cursaron originalmente.
  • Si proceden de otro título oficial.
  • Si derivan de experiencia profesional o formación no oficial.

Cuando se ha reconocido más del 15 % de los créditos, puede exigirse documentación de la institución en la que se cursaron inicialmente. Determinados reconocimientos por experiencia laboral o estudios no oficiales pueden constituir una causa de exclusión.

Apostilla y legalización de los documentos

Los documentos académicos deben presentarse legalizados o apostillados cuando resulte exigible. El sistema aplicable dependerá del país en el que fueron expedidos.

 

Puede corresponder:

  • Apostilla de La Haya.
  • Legalización por vía diplomática.
  • Exención derivada de un convenio internacional.
  • Exención aplicable a determinados documentos europeos.

Los documentos expedidos por autoridades de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza están exentos de legalización para este procedimiento.

La apostilla acredita la autenticidad formal de la firma y de la autoridad que expide el documento; no determina su nivel académico.

Traducción oficial de la documentación

Los documentos que no estén redactados en castellano pueden necesitar una traducción oficial que permita identificar correctamente el título, las asignaturas y la carga formativa.

 

Antes de presentar la solicitud debe comprobarse:

  1. Qué documentos necesitan traducción.
  2. Si debe realizarla un traductor jurado.
  3. Si también debe traducirse la apostilla.
  4. Si los nombres y fechas coinciden con los originales.
  5. Si aparecen todas las asignaturas y créditos.

Una traducción parcial o incoherente puede provocar una subsanación.

Checklist antes de presentar una equivalencia

Antes de registrar la solicitud conviene realizar una última comprobación.

✓ El título tiene carácter oficial.
✓ La institución está reconocida.
✓ El nivel solicitado —Grado o Máster— es el adecuado.
✓ El certificado académico está completo.
✓ Consta la duración oficial de los estudios.
✓ Aparecen las asignaturas, calificaciones y créditos.
✓ Se acredita el acceso al nivel académico posterior.
✓ Los documentos están legalizados cuando corresponde.
✓ Las traducciones incluyen todos los documentos necesarios.
✓ La tasa se ha pagado con los datos correctos.
✓ La representación está debidamente acreditada.
✓ La solicitud ha quedado firmada y registrada.

Esta lista es orientativa. Cada título y sistema universitario puede requerir comprobaciones adicionales.

¿Cuánto cuesta solicitar la equivalencia?

La solicitud exige el pago de una tasa administrativa. A fecha de 19 de julio de 2026, el importe oficial publicado es de 166,50 euros. Debe verificarse nuevamente antes de efectuar el pago, ya que puede actualizarse.

Puede abonarse mediante:

  • Pago con tarjeta o cuenta bancaria.
  • Modelo 790-107.
  • Ingreso o transferencia desde el extranjero.

La tasa no incluye los honorarios de gestoría, las traducciones, las apostillas, las legalizaciones ni la expedición de certificados académicos.

¿Cómo se presenta la solicitud de equivalencia?

El procedimiento se encuentra abierto permanentemente y se tramita electrónicamente a través de la sede del Ministerio competente en materia de universidades.

 

La presentación sigue estos pasos:

  1. Identificar a la persona solicitante.
  2. Introducir los datos exactos del título y de la universidad.
  3. Seleccionar el nivel académico de Grado o Máster.
  4. Adjuntar la documentación.
  5. Abonar o acreditar la tasa.
  6. Firmar electrónicamente la solicitud.
  7. Registrar el expediente.
  8. Conservar el justificante de presentación.

Guardar un borrador o adjuntar archivos no equivale necesariamente a presentar la solicitud. Debe existir un registro electrónico válido.

¿Puede presentar la solicitud una gestoría?

Sí. La persona interesada puede actuar mediante representante siempre que la representación esté debidamente acreditada.

 

Una gestoría puede encargarse de:

  1. Estudiar la viabilidad inicial del título.
  2. Comprobar el nivel académico solicitado.
  3. Revisar la documentación.
  4. Preparar y presentar la solicitud.
  5. Controlar las comunicaciones administrativas.
  6. Responder a requerimientos.
  7. Realizar el seguimiento del expediente.

La representación debe formalizarse mediante un medio válido y con facultades suficientes para las actuaciones correspondientes.

Cómo gestionamos la equivalencia de tu título universitario

Nuestro servicio comienza con el estudio del título y continúa hasta el seguimiento administrativo del expediente.

1. Analizamos la finalidad

Comprobamos para qué necesitas la equivalencia y qué efectos debe producir el reconocimiento.

2. Estudiamos la titulación

Revisamos la universidad, el país, la oficialidad, la duración, los créditos y el acceso a estudios posteriores.

3. Verificamos los documentos

Comprobamos el título, el certificado académico, la apostilla, la traducción y la documentación complementaria.

4. Preparamos el expediente

Organizamos los documentos, cumplimentamos la solicitud y verificamos el pago de la tasa.

5. Presentamos y hacemos seguimiento

Registramos electrónicamente la solicitud y controlamos las comunicaciones, subsanaciones o incidencias posteriores.

 

SOLICITAR LA GESTIÓN DE MI EQUIVALENCIA

¿Cuánto tarda la equivalencia de un título universitario?

La normativa establece un plazo máximo de seis meses para dictar y notificar la resolución, contado desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico. Transcurrido ese plazo sin resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.

El cómputo puede suspenderse cuando se solicita una subsanación, documentación adicional o alguna actuación necesaria para resolver. Preparar correctamente el expediente no permite controlar el tiempo de respuesta de la Administración, pero sí ayuda a evitar retrasos provocados por errores u omisiones.

¿Qué resolución puede recibir el expediente?

Equivalencia favorable

La resolución puede reconocer el nivel académico de Grado o de Máster Universitario y dar lugar a la expedición del correspondiente certificado.

Denegación

La Administración puede concluir que el título no cumple los requisitos académicos u oficiales exigidos.

Inadmisión o desistimiento

La solicitud puede inadmitirse por una causa legal o finalizar por desistimiento si no se atiende correctamente una subsanación.
A diferencia de la homologación, la equivalencia no se concede condicionada a superar pruebas, prácticas o formación complementaria.

¿Qué pasa si recibes una subsanación?

Una subsanación significa que la Administración ha detectado un defecto o necesita información adicional para continuar con el expediente.

 

Puede solicitar:

  1. Un certificado académico más completo.
  2. Una apostilla o legalización.
  3. Una traducción oficial.
  4. Información sobre créditos reconocidos.
  5. La corrección de datos.
  6. Acreditación de la representación o del pago.

El plazo general para responder es de diez días hábiles. En casos excepcionales y justificados puede solicitarse una ampliación de hasta treinta y cinco días hábiles. Durante ese tiempo queda suspendido el plazo para resolver.

No responder correctamente puede provocar que se tenga a la persona interesada por desistida.

Propuesta desfavorable y posibles recursos

Trámite de audiencia

Antes de dictar una resolución desfavorable puede abrirse un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones y nueva documentación.
Las alegaciones deben responder de forma concreta al motivo utilizado por la Administración: nivel académico, duración, carga formativa, oficialidad o documentación aportada.

Recurso contra la resolución

Las resoluciones ponen fin a la vía administrativa. Puede estudiarse un recurso potestativo de reposición o la impugnación ante el orden contencioso-administrativo.
Antes de recurrir debe analizarse el expediente completo y comprobar si existe una vía realista para corregir o impugnar la decisión.

Errores frecuentes al solicitar la equivalencia

Elegir mal el nivel solicitado

Pedir Grado o Máster basándose únicamente en el nombre del título puede provocar una valoración incorrecta.

Presentar documentación insuficiente

Los certificados sin duración, asignaturas, créditos o carga horaria suelen generar requerimientos.

Aportar documentos sin preparar

La falta de apostilla, una traducción incompleta o datos que no coinciden entre documentos pueden retrasar el expediente.

Descuidar la tramitación electrónica

Pagar la tasa con datos incorrectos, no completar la firma o no contestar una subsanación puede comprometer la solicitud.
Agrupar los errores de esta forma permite identificar el problema real sin convertir el apartado en una lista interminable.

Equivalencia del título y equivalencia de nota media

Son procedimientos distintos y responden a necesidades diferentes.

Equivalencia del título

Reconoce oficialmente un nivel académico universitario de Grado o Máster y está sujeta a una tasa administrativa.

Equivalencia de nota media

Convierte las calificaciones extranjeras a la escala española para determinados procedimientos competitivos. Es un trámite independiente y gratuito en el que la persona interesada genera su propia declaración.
Obtener la equivalencia del título no genera automáticamente la equivalencia de la nota media.

¿Ya has presentado la solicitud de equivalencia?

También revisamos expedientes que ya se encuentran iniciados.

Podemos ayudarte si:

  • Has recibido un requerimiento.
  • Debes responder a una subsanación.
  • No comprendes qué documento te solicitan.
  • Has recibido una propuesta desfavorable.
  • Ha transcurrido el plazo legal.
  • Has recibido una denegación.
  • Necesitas estudiar un recurso.

El estado del expediente puede consultarse en el área correspondiente de la sede electrónica.

 

REVISAR MI EXPEDIENTE DE EQUIVALENCIA

¿Por qué elegir Homologar Mi Título?

La equivalencia universitaria no consiste únicamente en adjuntar un diploma y pagar una tasa. Es necesario determinar el nivel correcto, acreditar la oficialidad del título y presentar documentación académica suficiente.

Estudio previo

Analizamos el título y la finalidad del reconocimiento antes de iniciar la solicitud.

Revisión académica

Comprobamos la duración, los créditos y el acceso a estudios posteriores.

Gestión documental

Revisamos certificados, apostillas, traducciones y representación.

Tramitación online

Preparamos, presentamos y seguimos el expediente sin desplazamientos innecesarios.

Gestoría colegiada

El servicio es prestado por GA 1268 COGAS SLP, gestoría colegiada en España.

Preguntas frecuentes sobre la equivalencia universitaria

¿La equivalencia convierte mi título en una carrera española?

No. Reconoce un nivel académico de Grado o Máster, pero no convierte el título extranjero en una titulación española concreta.

¿Permite ejercer una profesión regulada?

No por sí sola. Cuando el objetivo es ejercer una profesión regulada, debe estudiarse la homologación o la vía profesional correspondiente.

¿Puede solicitarse para una licenciatura extranjera?

Sí puede estudiarse, pero el nombre “licenciatura” no determina el nivel. Deben analizarse su duración, oficialidad y efectos académicos.

¿Puede solicitarse para un título técnico o tecnólogo?

Dependerá de si pertenece al sistema universitario, de su nivel, duración y acceso a estudios posteriores.

¿Sirve un Máster propio?

Con carácter general, no si carece de validez oficial en el país de origen.

¿Cómo se reconoce un Doctorado extranjero?

La equivalencia a nivel de Doctor corresponde a las universidades españolas.

¿Es necesario residir en España?

No necesariamente. El procedimiento es electrónico y contempla sistemas de pago desde el extranjero.

¿Es obligatorio tener NIE?

Debe revisarse el documento de identidad disponible y la forma de identificación o representación utilizada para presentar la solicitud.

¿Sirve para oposiciones?

Puede servir para acreditar un nivel académico en determinados procesos, pero deben revisarse las bases de cada convocatoria.

¿Da acceso automático a un Máster?

No. Cada universidad establece sus propios requisitos de admisión.

¿Cuánto cuesta la tasa?

A fecha de 19 de julio de 2026, el importe publicado es de 166,50 euros.

¿Cuánto tarda el expediente?

La normativa fija un plazo máximo de seis meses, aunque el cómputo puede suspenderse por requerimientos u otras actuaciones.

¿Puede presentarse otra solicitud después de una denegación?

Una solicitud idéntica ya resuelta puede ser inadmitida. Debe estudiarse la resolución anterior antes de volver a presentarla.

¿Puede gestionar el expediente una gestoría?

Sí, siempre que la representación esté correctamente acreditada.

¿Quién presta el servicio?

El servicio es prestado por GA 1268 COGAS SLP, gestoría colegiada en España.

Información revisada por una gestoría colegiada

Este contenido ha sido revisado por el equipo profesional de GA 1268 COGAS SLP, responsable del servicio Homologar Mi Título.
Última revisión administrativa: 19 de julio de 2026.
Normativa principal: Real Decreto 889/2022.
Fuentes: BOE, Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y sede electrónica.
Los procedimientos, tasas e instrucciones pueden actualizarse. Antes de presentar un expediente comprobamos la información vigente aplicable al caso.

Fuentes oficiales consultadas

Para preparar esta guía se han revisado:
El procedimiento oficial de declaración de equivalencia.
La información del portal Valida-TE.
El Real Decreto 889/2022.
La información oficial sobre tasas.
El procedimiento de equivalencia de nota media.
El sistema oficial de consulta de expedientes.

Solicita una revisión inicial de tu título universitario extranjero

Si necesitas acreditar oficialmente en España el nivel académico de tu título, revisamos el expediente antes de iniciar la solicitud.

Comprobaremos:
✓ Si la titulación tiene carácter oficial.
✓ Si puede solicitarse equivalencia a Grado o Máster.
✓ Si el certificado académico está completo.
✓ Si los créditos y la carga horaria están acreditados.
✓ Si necesitas apostilla, legalización o traducción.
✓ Si existe una posible causa de inadmisión.

La revisión, presentación y gestión pueden realizarse online para clientes de toda España.

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